AGENCIA MANACORNOTICIAS 21/08/2020 - 08:10:00 |
El enfado es tan grande que hay prevista una manifestación para el 5 de septiembre en defensa de los animales y para que nunca más vuelva ocurrir el maltrato y mucho menos la muere de ninguno de ellos. |
Editorial: El tema de la muerte del gato de la calle Artà de Manacor, denominado popularmente después de lo hechos como “Grisito”, ha levantado una polvareda nunca vista en la ciudad y su municipio entero. Los defensores de los animales han puesto en marcha toda la maquinaria que tienen a su alcance para que se castigue a los autores, si hay, según consta en la denuncia de un vecino y el expediente de la Policía. Por su parte otro sector tienen ciertas dudas de los hechos.
Al caso se han presentado entidades animalistas como acusación particular, el Ayuntamiento de Manacor y el propio denunciante. También se tiene constancia de la toma de declaración de los jóvenes involucrados. El enfado es tan grande que hay prevista una manifestación para el 5 de septiembre en defensa de los animales y para que nunca más vuelva ocurrir el maltrato y mucho menos la muere de ninguno de ellos. La versión de los denunciados dista mucho del denunciante, fue un coche quién atropelló a Grisito, y dieron todos los detalles del vehículo.
Hay una paradoja en este tema, no hay cuerpo del delito, no hay autopsia, la investigación no tiene tutela forense ni judicial. El vecino denunciante tiró el gato a la basura y el camión se lo llevó a la estación de transferencia y luego con la materia orgánica quemado en Son Reus. Será la palabra del vecino contra la versión de los denunciantes. Está el informe de la Policía, fotos del cuerpo, pero esta se basa en las declaraciones de unos y otros. Que puede pasar. Dicen los juristas que es un caso de alarma social, pero muy difícil de juzgar si falta el cuerpo del animal, a veces no hay caso y se queda en una falta.
Veamos que dicen algunos párrafos de la Ley: Establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal que se ha de describir detalladamente el cadáver, su estado y circunstancias y, especialmente, todas las que tuvieron relación con el hecho punible. Después de ello, el Juez de instrucción ordenará el levantamiento del cadáver y su traslado al lugar donde se efectuará la autopsia. Recoger en los primeros momentos las armas, efectos e instrumentos de cualquier clase que puedan tener relación con el delito, ya se hallen en el lugar en que se cometió, en sus inmediaciones, en poder del denunciado o en otro sitio.
Extender diligencia del lugar, tiempo y ocasión en que se encontrase la persona o cosa objeto del delito, y de los lugares, armas y efectos relacionados con él, describiéndolos minuciosamente. Si estuviera presente alguna persona que pudiera declarar sobre ello, se la oirá en declaración después de la descripción y como complemento de esta.
Si es posible, los instrumentos, armas y efectos se sellarán, acordando el juez su retención, conservación o envío al organismo adecuado para su depósito. También podrá decretarse la destrucción de los efectos intervenidos, dejando muestras suficientes de ellos, cuando sea necesario por motivos de seguridad o porque su propia naturaleza así lo aconseje. Reconocimiento pericial, si se estima oportuno, de los lugares, armas, instrumentos o efectos. La participación de la Policía Judicial en estas diligencias tiene el amparo legal referido anteriormente en el estudio de la inspección ocular.
Como vemos la justicia garantista de este país deja claro que debe existir un procedimiento muy bien armado para dictar sentencia firme y sobre todo un auto de culpabilidad. Las redes sociales han dejado claro su posición, pero las declaraciones de los denunciados van en la misma línea creen una barbaridad maltratar a un animal, y matarlo no digamos, lo consideran un acto imperdonable. Todo ha sido una confusión y una exageración asegura un familiar de un afectado. Veremos lo que pasa, pero sin cuerpo ni autopsia todo será más difícil. Rafael Gabaldón San Miguel.
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