AGENCIA MANACORNOTICIAS 25/07/2024 - 10:38:40 |
No haber sido separados ni despedidos, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas |
AYUNTAMIENTO DE MANACOR. Aprobación bases y convocatoria de una bolsa de trabajo de encargado o encargada de polideportivo para un contrato de relevo. Por Decreto de Alcaldía n.º 2024-2796, de 19 de julio de 2024, se ha resuelto lo siguiente: DECRETO. Solicitud de un encargado de polideportivo, personal laboral fijo, de jubilación parcial con un 50% de jornada. Propuesta del Alcalde, de 19 de julio de 2024, de que se tramite la convocatoria de una bolsa de trabajo de encargados de polideportivo para poder contratar una persona con un contrato de relevo de un 50% de jornada para poder completar la jornada laboral que dejará de hacer el trabajador antes mencionado con motivo de su jubilación parcial. Informe jurídico de la TAG de Recursos Humanos, de 19 de julio de 2024.
REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES. Las persones aspirantes tienen que tener, en la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes, las condiciones siguientes:
Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público, o extranjero con residencia legal en España. b) Tener cumplidos 16 años de edad a la fecha de la convocatoria y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
Estar en posesión del título de ESO o equivalente. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, el aspirante tendrá que estar en posesión de la credencial que acredite la homologación o de la credencial para el ejercicio de la profesión correspondiente. Estar en posesión del carné de conducir B. Estar inscritos en los Servicios Públicos de Ocupación como desocupados.
Acreditar los conocimientos de la lengua catalana correspondientes al certificado de nivel B1, en conformidad con la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades, de 21 de febrero de 2013, y la Ley 4/2016, de 6 de abril, de medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública, mediante: Certificado emitido o reconocido como equivalente por la Dirección General de Política Lingüística del Gobierno de las Islas Baleares o por el órgano competente en el ámbito de las Islas Baleares. Poseer la capacidad funcional para el desarrollo de las funciones correspondientes.
No haber sido separados ni despedidos, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de funciones públicas por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desarrollaba en el caso de personal laboral, en el cual hubieran sido separados o inhabilitados. En el caso de pertenecer a otro Estado, no encontrarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al servicio público.
Antes de tomar posesión de la plaza, la persona interesada tendrá que hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni realiza ninguna actividad en el sector público delimitado por el art. 1 de la Ley 53/1984, y que no percibe pensión de jubilación, retiro u orfandad. Si realiza alguna actividad privada, incluida la de carácter profesional, lo tendrá que declarar en el plazo de diez días naturales contados a partir del día de la toma de posesión, para que la corporación acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad.
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